“Paz Electoral” y regalías: Procuraduría y Contraloría aprietan el control para blindar la contratación

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En año electoral, cuando el ruido de las campañas empieza a colarse en las oficinas públicas, los organismos de control lanzaron un mensaje con destinatario claro: las regalías no se tocan para hacer política.

El Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, y el Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, firmaron la Circular Conjunta No. 01, fechada el 4 de febrero de 2026, dirigida a ejecutores de recursos del Sistema General de Regalías (SGR), servidores públicos, ordenadores del gasto, jefes de control interno e instancias colegiadas de decisión, entre otros.

La advertencia: reforzar principios y “jugar” con reglas estrictas

La circular ordena que, de cara a las próximas jornadas electorales y con el propósito de salvaguardar la estrategia de “Paz Electoral”, las entidades que aprueben, designen ejecutores, contraten y ejecuten proyectos con dineros del SGR deben reforzar los principios de planeación, diligencia, transparencia, imparcialidad y trazabilidad en cada etapa del proceso.

Y lo dice sin rodeos: los responsables deberán observar de manera “estricta y restrictiva” lo que establecen la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), las normas del SGR —en especial la Ley 2056 de 2020— y el Estatuto General de Contratación (Ley 80 de 1993), además de su reglamentación y complementarias.

El documento aterriza el control en el “paso a paso” donde suelen aparecer los riesgos:

1) Aprobación de proyectos

  • Los proyectos con SGR deben estar incorporados en los planes de desarrollo territorial y cumplir el ciclo de inversión con estudios y diseños completos. La cercanía a la Ley de Garantías no es excusa para aprobar proyectos con estudios precarios o desactualizados.

2) Designación de entidades ejecutoras

  • La elección de quién ejecuta no puede ser “a dedo”: debe sustentarse en capacidades administrativas y financieras y en resultados de desempeño previos. La ausencia de motivación o el uso de criterios distintos a los legales puede acarrear incidencias disciplinarias.

3) Contratación

  • Reitera obligaciones: aplicar el Estatuto de Contratación, usar documentos tipo donde corresponda, tramitar y publicar procesos y documentos en SECOP, y manejar con rigor conflictos de interés.

“Medida preventiva” para evitar el uso indebido de recursos públicos

Un punto clave para las entidades territoriales: la circular enfatiza que esta actuación es preventiva, orientada a evitar la utilización indebida de recursos públicos y a preservar la confianza ciudadana en el destino de las regalías.

También aclara que el seguimiento de Procuraduría y Contraloría no es una autorización previa ni coadministración de proyectos: su intervención se centra en articulación institucional, alertas y advertencias, mientras el control posterior evalúa la ejecución.

¿Qué significa esto para Nariño?

Para un departamento como Nariño, donde las regalías suelen estar asociadas a obras sensibles (agua y saneamiento, vías, infraestructura social), el mensaje es doble: más control en época electoral y menos margen para improvisaciones en proyectos que se aprueban “a última hora”.

En la práctica, alcaldías, gobernación, ejecutores y equipos técnicos tendrán que dejar rastro de cada decisión: desde el soporte de estudios y diseños hasta la publicación completa en SECOP. Porque en 2026, la consigna de los entes de control es clara: regalías con trazabilidad o regalías en problema.

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