Con una invitación al Congreso de la República para que en el término de dos (2) años, a partir de la notificación de la providencia, proceda a regular el derecho fundamental a morir dignamente, tomando en consideración los criterios normativos y jurisprudenciales a los que se hace referencia en la providencia, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional, al fallar una tutela, ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social, actualizar, en el término de cuatro (4) meses a partir de la notificación de la sentencia, la Resolución 1216 de 2015, en relación con los siguientes aspectos:
Esta nota es parte del archivo histórico de Página 10.
Desde $20.000 COP el día




