Los 18.677: verdad judicial, responsabilidad y deuda histórica con la infancia en Colombia

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Por: Darla Cristina Gonzalez

Abogada egresada de la Universidad Cooperativa de Colombia, Lideresa social y comunitaria, Activista Política y Columnista.

Por décadas, el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes fue uno de los rostros más silenciados del conflicto armado colombiano. Hoy, gracias a las investigaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), ese fenómeno ha sido dimensionado con una cifra que sacude la conciencia nacional: al menos 18.677 menores de edad fueron reclutados por las extintas FARC-EP. No se trata de un número simbólico ni retórico, sino de un universo construido con rigor judicial, contrastación de fuentes y testimonios de víctimas.

La construcción de una cifra incómoda

El dato de 18.677 surge del Caso 07 de la JEP, abierto formalmente el 1 de marzo de 2019 para investigar el reclutamiento y utilización de menores en el conflicto armado. Esta cifra no es definitiva, sino un “universo provisional”, resultado de un ejercicio de cruce de bases de datos, informes institucionales, versiones de comparecientes y relatos de víctimas acreditadas.

La propia JEP ha señalado que el número proviene de la contrastación de todas las fuentes disponibles, lo que implica que podría incluso ser mayor, dada la histórica invisibilización de este crimen, especialmente en zonas rurales e indígenas. 

En términos temporales, la imputación judicial más reciente establece que estos hechos ocurrieron entre 1971 y 2016, abarcando prácticamente toda la existencia de la guerrilla como organización armada. 

La magistrada que llevó el caso al punto de no retorno

El proceso que condujo al reconocimiento de responsabilidad por parte del antiguo Secretariado no fue espontáneo. Estuvo precedido por decisiones judiciales firmes y estructuradas. En ese camino ha sido determinante el papel de la magistrada Lily Rueda Guzmán, relatora del Caso 07, quien lideró la construcción del expediente y la imputación contra seis de los máximos responsables de las FARC.

Su trabajo no se limitó a documentar hechos: consistió en estructurar jurídicamente el crimen como crimen de guerra, demostrar la sistematicidad del reclutamiento y evidenciar el conocimiento que tenían los mandos sobre estas prácticas.

La imputación de noviembre de 2024 colocó al antiguo Secretariado ante una disyuntiva jurídica clara: reconocer responsabilidad o exponerse a un proceso adversarial con posibles penas ordinarias. En ese contexto, el reconocimiento público de los hechos en 2025 y 2026 no puede entenderse sin la presión jurídica legítima ejercida por la JEP.

Un crimen sistemático, no aislado

Las investigaciones han demostrado que el reclutamiento no fue accidental ni marginal. Por el contrario, constituyó una práctica extendida con múltiples modalidades: coacción, engaño y persuasión ideológica.

Los testimonios recogidos evidencian patrones reiterados: incorporación de menores de 15 años, violencia sexual, abortos forzados, castigos disciplinarios equivalentes a los de adultos y, en muchos casos, muerte en combate o desaparición.

Particularmente grave fue el impacto sobre comunidades indígenas, que concentran una proporción significativa de las víctimas acreditadas, lo que refuerza la dimensión étnica del daño.

¿Qué pasaba si no reconocían?

El sistema de justicia transicional colombiano establece incentivos, pero también consecuencias. El reclutamiento de menores es un crimen de guerra no amnistiable ni indultable, lo que implica que, sin reconocimiento, los responsables podrían enfrentar sanciones ordinarias de prisión.

En términos procesales, la negativa a aceptar responsabilidad habría implicado:

  • Remisión a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA)
  • Juicio adversarial dentro de la JEP
  • Pérdida de beneficios como sanciones restaurativas
  • Eventual privación efectiva de la libertad

Por el contrario, el reconocimiento abre la puerta a sanciones propias del sistema, que oscilan entre 5 y 8 años, con énfasis en reparación, verdad y no repetición.

El fenómeno después de 2016: las disidencias

Aunque el Acuerdo de Paz de 2016 marcó un punto de inflexión, el reclutamiento no desapareció. Diversos informes del Estado, particularmente del ICBF, muestran que cada año continúan ingresando menores a programas de atención tras desvincularse de grupos armados, incluyendo disidencias de las FARC.

Solo en los primeros meses de 2025, más de 200 niños y adolescentes ingresaron a estos programas.  Si bien no existe una cifra unificada oficial comparable con la del Caso 07, analistas coinciden en que el reclutamiento persiste a menor escala pero de forma constante. Un estimado prudente situaría el fenómeno en decenas o algunos cientos de casos anuales, lo que sugiere que entre 2016 y 2026 podrían haberse producido varios miles de nuevos reclutamientos, especialmente en zonas de economías ilícitas y débil presencia estatal.

¿Por qué no ha intervenido la Corte Penal Internacional?

La Corte Penal Internacional (CPI) tiene competencia sobre crímenes de guerra como el reclutamiento de menores. Sin embargo, opera bajo el principio de complementariedad: solo interviene cuando un Estado no investiga o no tiene voluntad real de hacerlo.

En el caso colombiano, la existencia y funcionamiento de la JEP ha sido clave para evitar la intervención directa de la CPI. La jurisdicción transicional ha demostrado:

  • Apertura de macrocasos
  • Imputación a máximos responsables
  • Participación de víctimas
  • Avances hacia sanciones

En consecuencia, la CPI ha mantenido a Colombia bajo observación, pero sin abrir una investigación formal, al considerar que el Estado está actuando judicialmente.

¿Qué pasaría si la CPI interviniera?

Si la CPI concluyera que Colombia no está cumpliendo con sus obligaciones, podría abrir una investigación formal. Las consecuencias no serían sanciones contra el Estado como tal, sino contra individuos responsables.

No obstante, para el país implicaría:

  • Pérdida de legitimidad del sistema de justicia transicional
  • Presión internacional
  • Posibles órdenes de captura contra excombatientes o incluso agentes estatales
  • Reconfiguración del modelo de justicia pactado en el Acuerdo de Paz

En términos políticos y jurídicos, sería un golpe profundo a la arquitectura institucional construida tras 2016.

Una verdad que apenas comienza

La cifra de 18.677 no es solo un dato judicial: es una evidencia de la magnitud del daño infligido a una generación entera. El reconocimiento por parte de los responsables constituye un avance, pero no agota las exigencias de verdad, justicia y reparación.

El desafío ahora es doble: garantizar sanciones efectivas dentro del modelo restaurativo y evitar que nuevas generaciones sigan siendo reclutadas. Porque, más allá de las cifras, cada caso representa una vida interrumpida, una infancia perdida y una deuda que el país aún está lejos de saldar.

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