Piden investigar presunto ejercicio de psicología sin habilitación y pagos estatales
En Nariño, donde los nombres se vuelven tendencia antes que los expedientes, un nuevo capítulo se abre alrededor de Alexander Mauricio Eraso Castillo, conocido públicamente como “Menteley”. Esta vez no se trata de un rumor de redes: son tres denuncias formales —presentadas de manera anónima— que llegaron casi en simultáneo a tres entidades distintas y con tres propósitos concretos: revisión ética, investigación penal y evaluación de responsabilidad fiscal.
Los documentos están fechados entre el 11 y 12 de febrero de 2026 y, aunque usan un contrato estatal como principal soporte, el señalamiento de fondo va más allá de un número contractual: cuestionan la habilitación legal para ejercer actos propios de la psicología en 2016 y piden establecer si hubo afectación a la fe pública, a la contratación estatal y al erario.
La “fecha bisagra” que activó las alertas
El eje que atraviesa las tres denuncias es una consulta anexada del ReTHUS (SISPRO) donde figura para psicología la anotación “Fecha inicio ejercer: 2017-03-07”, reportada por el Instituto Departamental de Salud de Nariño. Para los denunciantes, esa fecha abre una grieta: si la habilitación registrada empieza en 2017, ¿por qué hay actividades profesionales reportadas en 2016?
El soporte principal: un contrato en 2016, pero una controversia más amplia
Como base de hechos, las denuncias citan el Contrato de Prestación de Servicios N.° 0911 de 2016 con la entonces Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR) (hoy ARN), ejecutado entre abril y diciembre de 2016, con un valor total de $30.405.600.
Allí, según los escritos, se habrían desarrollado funciones psicosociales que describen como actos propios del ejercicio profesional, incluyendo —entre otros— aplicación de instrumentos diagnósticos, intervenciones familiares e intervención en crisis.
1) COLPSIC: queja ética por presunto “ejercicio ilegal” y faltas deontológicas
La primera denuncia fue presentada ante el Colegio Colombiano de Psicólogos (COLPSIC) y solicita abrir un proceso deontológico y bioético, al considerar que pudo existir ejercicio de la psicología sin cumplir requisitos habilitantes en el periodo señalado. El documento fundamenta su petición en la Ley 1090 de 2006 (régimen deontológico del psicólogo) y pide que se practiquen pruebas para establecer fechas de tarjeta profesional, registro y condiciones de habilitación.
2) Fiscalía: denuncia penal por presunta falsedad personal y conductas conexas
La segunda acción llegó a la Fiscalía General de la Nación. Allí se denuncia el presunto delito de Falsedad Personal (artículo 296 del Código Penal) y se pide investigar conductas conexas que la Fiscalía determine. Según el escrito, la conducta investigable estaría asociada a atribuirse una calidad habilitante con efectos jurídicos al suscribir y ejecutar obligaciones que, de acuerdo con el denunciante, implicarían ejercicio profesional en psicología/salud mental.
3) Contraloría: denuncia fiscal por presunto detrimento patrimonial
La tercera denuncia fue dirigida a la Contraloría General de la República y plantea un posible detrimento patrimonial por $30.405.600, valor del contrato mencionado, bajo el argumento de presuntos pagos indebidos si se confirma que el servicio se prestó sin requisitos habilitantes. Además, solicita revisar la posible responsabilidad por omisión en la supervisión del contrato, en caso de que no se hubieran verificado requisitos como el registro correspondiente.
¿Qué sigue?
Por ahora, lo que existe son denuncias y solicitudes de investigación. Las decisiones de fondo dependen de las actuaciones formales de cada entidad: si COLPSIC abre proceso disciplinario, si la Fiscalía asigna noticia criminal y líneas investigativas, y si la Contraloría inicia indagación para establecer daño y responsables.
Página 10 deja constancia de un principio esencial: estos señalamientos corresponden a denuncias en trámite y, por tanto, deben ser verificados y resueltos por las autoridades competentes. Este medio ejerce su labor con respeto por la libertad de expresión y de prensa, sustentando lo que publica en documentos, fuentes y evidencia verificable, sin convertir la información en ataques personales.
En esa misma línea, es válido señalar un contexto que también existe en la realidad pública: el estilo de comunicación de “Menteley” ha generado controversia y molestias en distintos sectores, y no se puede descartar que parte de la reacción que hoy enfrenta esté relacionada con esa incomodidad que provoca en espacios de poder. Sin embargo, esa lectura no reemplaza el debido proceso: serán las instituciones las que determinen si las denuncias tienen mérito o no.
Aquí puede descargar las 3 denuncias.
DENUNCIA COLEGIO PSICOLOGOS. MAURICIO ERASO. FINA…
DENUNCIA PENAL MAURICIO ERASO. FINAL…
DENUNCIA RESP. FISCAL. MAURICIO ERASO. FINAL…




