
De acuerdo con la información de la agencia Prensa Rural, fue en el marco de la última asamblea nacional de la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina, Anzorc, en Calí, que los cerca de 70 delegados de las asociaciones asistentes votaron a favor de interponer acciones de tutela en contra del Dane y del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
De acuerdo con la denuncia formulada, estas instituciones le están dando un trato discriminatorio a los campesinos con algunos contenidos del Tercer Censo Nacional Agropecuario, que en este momento cumple la etapa de evaluación y valoración de los resultados de la consulta de Julio pasado.
Dicen estas organizaciones que «el contenido del referido censo, no solo desconoce las especificidades y relevancia del sujeto político que es el campesino, sino que además, pretende desconocer a las Zonas de Reserva Campesina, las asociaciones campesinas, y la economía campesina (familiar, de autoabastecimiento, comunitaria, tradicional, etc.), como las figuras campesinas de organización territorial, asociativa y económica respectivamente».
La referida omisión por parte de estas instituciones puede evidenciarse en las siguientes preguntas que fueron incluidas en el censo:
– Pregunta No. 170: «De acuerdo con su cultura, pueblo y rasgos físicos, usted … es o se reconoce como:», tiene las siguientes opciones de respuesta: indígenas, gitanos, raizales, afrodescendientes, palanqueros, y una última opción denominada «ninguna de las anteriores»; la cual se convierte en la única alternativa de respuesta para el campesino, quien bajo el criterio de «cultura» que establece el cuestionamiento referido, encuentra identidad y pertenecía con un grupo poblacional diferenciado como lo es el de los campesinos colombianos.
– Pregunta No. 36:»Este terreno o predio es parte de un:» tiene como posibles repuestas: Resguardo indígena; Asentamiento Indígena; Territorio Colectivo de Comunidades Negras; territorio tradición afrocolombiano; y ninguna de las anteriores. «Lo que demuestra claramente la intensión del Dane, y del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de negar el reconocimiento de las Zonas de Reserva Campesina como figura territorial de los campesinos, creada por el Congreso de la República a través de la ley 160 de 1994, en el desarrollo de acciones afirmativas y diferenciadas a favor de la comunidad campesina, y como respuesta a sus demandas e históricas movilizaciones. Al tiempo que desconoce las particularidades de la Economía Campesina, caracterizada por ser Familiar, Asociativa, Diversificada, de Autoabastecimiento y Agroecológica; la cual se desarrolla al interior la figura de ordenamiento territorial campesina, es decir la ZRC».
– Preguntas 15: «Para el desarrollo de sus actividades agropecuarias usted está organizado como: 1. Persona Natural; 2. Perona Jurídica (Empresa, cooperativa, institución, entidad étnico territorial, etc.)» y 134: «Actualmente el productor pertenece a alguna de las siguientes asociaciones: a. Cooperativas; b. Gremios; c. Asociación de productores; d. Centros de investigación; e. Organizaciones comunitarias (consejo comunitario, asociación u organización indígena, de mujeres, de ancianos); f. No pertenece a ninguna asociación; g. No sabe/no responde», «se hace omisión a la existencia e importancia de la Asociación Campesina, como estructura organizacional que permite a los campesinos y campesinas tomar decisiones concertadas frente al desarrollo social, económico, cultural y ambiental de sus comunidades; al no colocar la categoría de «Asociación Campesina» como una opción de respuesta».
En la parte final del documento se establece que «el equipo jurídico de la Anzorc, ya ha enviado a las organizaciones campesinas el modelo de tutela a ser presentado, y en la actualidad se está conformando un equipo de seguimiento a estas acciones».