Corte Constitucional reconoce la desconexión laboral como derecho fundamental

La Corte Constitucional reconoció la desconexión laboral como un derecho humano fundamental, indicando que interrumpir el descanso de los trabajadores vulnera su capacidad para trabajar en condiciones dignas.

“La Corte reconoce la desconexión laboral como derecho humano de todos los trabajadores, entre ellos los trabajadores y servidores públicos de dirección, confianza y manejo”, así informó la Corte Constitucional, a través de su cuenta de Twitter.

Aunque la ley 2191 de enero de 2022 ya establecía la obligación de los jefes y empresas de respetar los espacios de descanso, excluía a los cargos de dirección y de confianza, así como a quienes tenían labores de disponibilidad permanente. Sin embargo, la Corte amplió este derecho a los «trabajadores de confianza», considerando que el descanso es un espacio autónomo y parte integral de la dignidad humana.

Lo anterior implica que todos los trabajadores, sin importar el tipo de trabajo, tienen garantizado el acceso al descanso diario y semanal. Además, se establece que llamadas o mensajes fuera del horario laboral pueden ser considerados como acoso laboral, es así como los afectados pueden recurrir a Comités de Convivencia en las organizaciones para defender su derecho a la desconexión.

“La Sala Plena al resolver sobre la compatibilidad de la norma con la Constitución Política señaló que el descanso no es solo reposo, sino un espacio autónomo, libre, en el que las personas deciden qué hacer o no, con el tiempo de su vida fuera de la actividad laboral. Esta consideración además es inmanente al propio concepto de dignidad humana, de vivir bien y como se quiere”, puntualizó la corte a través de comunicado.

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